La Defensoría

Quiénes somos

Más de un siglo defendiendo el derecho de toda persona a una defensa adecuada y gratuita.

Misión

Organismo Público que brinda gratuitamente en todo el Estado, servicios jurídicos en materia Penal orientados a una defensa adecuada, ininterrumpida, oportuna, técnica, eficiente y competente; igualmente en materias Familiar, Civil, Mercantil, Métodos Alternos y de Justicia Administrativa provee servicios de orientación, asesoría y representación legal, integral y exhaustiva, poniendo especial énfasis en la protección y defensa de los derechos de las personas de escasos recursos económicos y de grupos vulnerables.

Visión

Integrar una institución con abogados comprometidos con la excelencia académica y desempeño profesional, dotados de una indeclinable vocación de servicio, conduciéndose dentro de los principios de honestidad y eficiencia, generando confianza en la sociedad en la atención de los asuntos que les sean conferidos.

Atribuciones

1

Las atribuciones se encuentran en el artículo 4 de la Ley del Instituto de Defensoría Pública de Nuevo León. Los servicios jurídicos se proporcionan de manera obligatoria y gratuita en la defensa en materia penal a los acusados, así como asesoría y patrocinio legal en asuntos de orden Civil, Familiar, Mercantil y Administrativo a personas de escasos recursos económicos.

2

Artículo 4.- El Instituto prestará sus servicios profesionales en materia penal a que tiene derecho todo ciudadano en los términos de los artículos 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 19 de la Constitución del Estado, consistente en una defensa integral, ininterrumpida, oportuna, técnica, eficiente y competente.

3

En las materias Familiar, Civil, Mercantil y de justicia administrativa se prestan los servicios de orientación, asesoría y patrocinio de casos, poniendo especial énfasis en la protección y defensa de los derechos de las personas de escasos recursos económicos y de grupos vulnerables.

4

A través del programa estatal de fianzas de interés social se apoya a infractores de delitos menores para obtener su libertad caucional, siempre que sean reos primarios, de escasos o nulos recursos económicos y de mínima peligrosidad.

Antecedentes

Nuestra historia, de la Defensoría de Oficio al Instituto de hoy.

La Defensoría de Oficio tiene su origen en el Constituyente de 1856, consagrándose por primera vez el derecho que toda persona tiene a la defensa y el deber correlativo del Estado a proporcionarla.

En la Constitución Federal de 1857 se establecía, a cargo del Estado, disponer de una lista de Defensores en el ramo penal, conocidos como Defensores de Oficio. El 7 de diciembre de 1881, mediante el decreto número 14 de la XXI Legislatura del Estado de Nuevo León, se crea la figura del “Defensor de los Pobres”.

La primera Ley de la Defensoría de Oficio fue publicada el 1 de febrero de 1936, para regular el servicio de Defensa por parte del Estado en materia penal.

El 28 de diciembre de 1992, mediante el decreto 118, se crea la Ley del Instituto de Defensoría Pública, formándose la Defensoría de Oficio del Estado de Nuevo León. El 18 de junio de 1997 se decreta una nueva ley, mucho más completa.

El 10 de septiembre de 2006 la Defensoría de Oficio se convirtió en un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría General de Gobierno con autonomía técnica.

Finalmente, el 6 de febrero de 2009 fue publicado el Decreto No. 330, expidiendo la Ley de Defensoría Pública para el Estado de Nuevo León, que entró en vigor el 7 de abril del mismo año.